Realiza una búsqueda exhaustiva en la zona donde quieres comprar, compara distintas viviendas y no dudes en realizar una visita personal a la casa y conocer el entorno.
Las viviendas que veas en internet deberán contener información sobre el nombre y razón social del vendedor, planos, certificados de eficiencia energética, datos de inscripción del inmueble en el Registro, el precio total de la casa y forma de pago.
Es aconsejable conocer la situación jurídica de la vivienda. Desde saber quién es el propietario, si tiene cargas, si hay inquilinos o no, hasta comprobar que esté al día en el pago de impuestos o si existe algún derecho de tanteo. Para todo ello, tienes que acudir al Registro de la Propiedad.
En ella incluye la descripción de la vivienda, la situación, superficie, cuota de participación en la propiedad horizontal, régimen administrativo que pudiera afectarle. También datos de hipotecas sobre la vivienda, posibles litigios sobre la propiedad y, en general, cualquier circunstancia que afecte a la propiedad del inmueble. La nota solo tiene valor informativo.
Contenido más completo que la nota simple. Al ser un documento público, firmado por el registrador, la certificación permitirá acreditar en juicio, y frente a terceros alguna circunstancia de la casa.
Informe del registrador sobre la situación registral de la finca.
Se puede solicitar al registrador, de forma gratuita. Será gratuito y el registrador deberá dedicar al menos dos horas diarias.
Documentación complementaria.
Copia de la escritura; recibo del último IBI; certificación del presidente de la comunidad de propietarios diciendo que la casa está al corriente de todos los pagos; documento público de que no hay contratos de alquiler sobre la casa.
Llega el momento de revisar las condiciones generales y considerar si alguna de ellas es abusiva. Debes estar muy atento con la subrogación de las hipotecas y las condiciones que estás dispuesto a aceptar.
Aquí también debes tener en cuenta que el contrato puede firmarse como documento privado entre comprador y vendedor pero una vez firmado, cualquiera de las dos partes podrá exigir la elevación a documento público. En caso de que haya una hipoteca, el contrato debe hacerse público.
·La escritura pública da autenticidad al contenido del documento.
·Dicha escritura equivale a la entrega de la vivienda. La elección de notario corresponde a quien vaya a pagar ese coste.
·El vendedor queda obligado por los vicios o defectos ocultos de la vivienda. Es decir, el comprador podrá optar entre desistir del contrato (y recibir los gastos que pagó) o rebajar una cantidad proporcional del precio, según indiquen los peritos.
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