De hecho, según una encuesta del Banco Central Europeo (BCE), los españoles son los europeos que más casas de vacaciones tienen.
Pero como en toda compra hay que afrontar una serie de gastos fijos y variables. Y como no es oro todo lo que reluce, la inversión inmobiliaria se caracteriza por su iliquidez y más en tiempos de crisis.
Para empezar, la compra de una segunda residencia, ya sea en playa o montaña, supone un desembolso importante o recurrir a un préstamo hipotecario. En este último caso, el importe que suelen financiar las entidades financieras ronda el 60% del valor de tasación. Obviamente, una casa en la playa también cuenta con precios más baratos y más ahora tras la crisis, donde en algunas zonas han caído casi el 50% desde máximos.
Esto indica que para comprar y mantener una segunda residencia hay que partir de una situación económica desahogada porque a la adquisición se unen una serie de gastos fijos. A cambio, bien comprada, en un momento bajo del ciclo inmobiliario, puede ofrecer importantes plusvalías en el futuro o sacarle cierta rentabilidad por alquiler durante el tiempo que no se utilice. Además de que mucha gente la compre pensando en su jubilación.
Si la vivienda es de segunda mano, está sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) que oscila entre el 6 y el 10%, dependiendo de cada comunidad autónoma. Si es nueva, lleva IVA que es del 10%. A esto se une, notaria, registro, gestoría, etc.
Hasta aquí el proceso es similar a la compra de una vivienda habitual, pero con la diferencia de que buena parte del año está libre, aunque es necesario su mantenimiento.
Según datos de la OCU, mantener una segunda vivienda en la costa española cuesta una media de casi 1.800 euros anuales y los gastos de comunidad se convierten en uno de los capítulos más importantes.
La segunda residencia tributa en la declaración de la renta. Está en el apartado de imputación de renta inmobiliaria. La renta a declarar equivale al 2% del valor catastral del inmueble (1,1% si el valor catastral fue revisado después del 1 de enero de 1994). El porcentaje de imputación en el IRPF sobre los inmuebles secundarios cuyo valor catastral no se haya revisado en 10 años ha subido del 1,1% al 2%. Obviamente esto se declara siempre que no esté alquilada y sea para uso personal.
Con todo esto y una vez sumados todos los gastos, la situación económica de cada familia y sus intereses marcarán las pautas para comprar o no una segunda residencia.
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